Sunday, August 2, 2015

Gobierno propone revisar la estafa en el Código Penal

El ministro de Gobierno, Carlos Romero, propone realizar cambios al Código Penal para que las deudas incobrables entre particulares “sean menos atractivas para el mundo criminal”. “Obviamente que se va a revisar la tipificación en el Código Penal para fortalecer la figura de la estafa, y seguramente esto será un tema de debate”, añadió sin entrar en más detalles.

El Código Penal en el artículo 335 establece que comete ese delito el que “con la intención de obtener para sí o un tercero un beneficio económico indebido, mediante engaños o artificios, provoque o fortalezca error en otro que motive la realización de un acto de disposición patrimonial en perjuicio del sujeto en error o de un tercero”.

La norma dispone una pena privativa de libertad de uno a cinco años. Consultado sobre la posibilidad de normar y reglamentar el trabajo que llevan a cabo los investigadores privados en el país, la autoridad gubernamental opina que es innecesario.

Los conflictos que se derivan de los préstamos de dinero —según Romero—surgen por los mercados financieros informales, que están fuera de los estándares del marco normativo, ya que se desarrollan a través de transacciones directas, que carecen de reglas de juego claras, lo que obliga a la ciudadanía a recurrir a formas de financiación que están al margen de la ley.

La investigación jurídica le corresponde al Ministerio Público con apoyo de la Policía Boliviana. Los servicios privados de investigación responden a contratos privados, que si bien no están prohibidos, no tienen validez legal, añade.

Para el ministro lo más importante es fortalecer los mecanismos de investigación oficiales, ya que en tanto sean lentos y engorrosos, las personas acudirán a mecanismos informales. Sin embargo, no solo se trata de regular el trabajo de detectives o investigadores, sino de personas que ofrecen cobrar deudas usando la intimidación verbal y la violencia física.

Rechazo. El jefe de la División Económico y Financiera de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen, (FELCC) de La Paz, mayor Erick Peralta, da cuenta de que no reciben denuncias contra deudores morosos. “Cuando vienen a denunciar casos de préstamos, la Fiscalía los rechaza porque se percata de que son procesos civiles. La única forma de que sean admitidas depende del documento que firmen, que no debe referirse en ninguna cláusula a préstamos de dinero ni al pago de intereses”, explica.

También recomendó realizar una tarea de prevención para que la ciudadanía se informe sobre estos procedimientos (de los investigadores privados) y de esta forma puedan tomar sus recaudos.

Materias civil y penal

Justicia

Los documentos civiles de contratos de préstamo pueden ser reconocidos por el Ministerio Público para iniciar una investigación penal por el delito de estafa, según la jurisprudencia sentada en 2013 por la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con sede en Sucre, que anuló la sentencia absolutoria que favorecía a un deudor que suscribió dolosamente 25 contratos de préstamo a sabiendas de que no podía pagar.

Recaudos para evitar ser víctima de estafa

¿Qué debe hacer una persona para evitar ser estafada cuando presta dinero? El abogado penalista Milton Mendoza recomienda elaborar un buen contrato, redactar una escritura ante Notario de Fe Pública e inscribir los bienes dejados como prenda en las oficinas de Derechos Reales.

“El documento por sí solo no sirve, pero aún así debe especificar la modalidad del préstamo, con cláusulas concretas, el tipo de la forma de contrato y particularmente las garantías, que son fundamentales”. La prisión por deudas fue eliminada de la legislación penal boliviana, por lo que el prestamista tiene que tomar todas estas precauciones para no arriesgar su capital.

“Tienen que consultar con un abogado de confianza, que vea si la persona que está solicitando el préstamo es solvente y que las garantías que ofrece el prestatario sean efectivas porque puede dar un terreno o un inmueble que esté hipotecado”, advierte.

Escritura. Si los montos son muy altos, Mendoza recomienda que se haga una escritura pública y se inscriba en Derechos Reales los bienes que ofrecidos como fianza. Lo recomendable —sostuvo— es proceder como lo hacen las entidades financieras, que aseguran el capital que prestan. “Invierten un monto de dinero en este proceso y hacen un trámite largo, que es necesario para tener la certeza de que, en caso de que el prestatario no tenga forma de pagar la deuda, los bienes dejados como fianza pasarán a poder del prestamista”.

La ciudadanía —comenta el profesional— evita hacer todo este papeleo porque es muy costoso, pero él insiste en que es mejor invertir un poco para recuperar el monto entregado.

El entrevistado también sugiere que los asambleístas nacionales aprueben una norma para simplificar el procedimiento de la ejecución de las garantías, que son las que permiten asegurar el retorno del dinero entregado a terceros en el caso de personas que contratan créditos dolosamente.

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