LEY N° 1119
LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2018
LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno, con una superficie de 8.100,00 m², de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad, ubicado en la Urbanización el Prado avenida LXV, C/LIX, C/XX Lote N° UP6-1b, Manzano UP6-1UV-6, del Municipio de Trinidad, Provincia Cercado del Departamento del Beni, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Trinidad bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada Nº 8.01.1.01.0023841, cuyas colindancias son: Al Norte, con la UP 6-1a; al Sur, con la calle XX; al Este, con la avenida LXV; y al Oeste, con la calle LIX; a favor de la Policía Boliviana, con destino exclusivo a la construcción de un Centro de Entrenamiento Policial en la ciudad de Trinidad, conforme a lo establecido en la Ley Municipal Nº 251/2018 de 3 de julio de 2018, promulgada por el Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Patricia M. Gómez Andrade, Alicia Canqui Condori, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz.
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